LA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN VENEZUELA

LA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN VENEZUELA
LA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN VENEZUELA

viernes, 10 de junio de 2011

Ensayo exposición Nº 1
Aspectos Técnicos Filosóficos y Doctrinales de la Seguridad Social e Industrial
Participante: Robert Osuna V-9.416.113
  La Seguridad Social es entendida y aceptada como un derecho que le asiste a toda persona de acceder, por lo menos a una protección básica para satisfacer estados de necesidad.
El Estado debe ejecutar determinadas políticas sociales que garanticen y aseguren el bienestar de los ciudadanos en determinados marcos como el de la sanidad, la educación y en general todo el espectro posible de seguridad social. Estos programas gubernamentales, financiados con los presupuestos estatales, deben tener carácter gratuito, en tanto son posibles gracias a fondos procedentes del tesoro público, sufragado a partir de las imposiciones fiscales con que el Estado grava a los propios ciudadanos. En este sentido, el Estado de bienestar no hace sino generar un proceso de redistribución de la riqueza, pues en principio, las clases inferiores de una sociedad son las más beneficiadas por una cobertura social que no podrían alcanzar con sus propios ingresos.
En este Sistema se engloban temas como la salud pública, el subsidio al desempleo, o los planes de pensiones y jubilaciones y otras medidas que han ido surgiendo en muchos países tanto industrializados como en vías de desarrollo desde finales del siglo XIX para asegurar unos niveles mínimos de dignidad de vida a todos los ciudadanos e intentar corregir los desequilibrios de riqueza y oportunidades.
El sistema de seguridad garantiza la protección a todos  los miembros de la sociedad mediante una serie de disposiciones públicas, En este orden de ideas la Organización Internacional del Trabajo OIT (2000) destaca:
 “La Seguridad Social es la protección que la sociedad proporciona a sus miembros mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que de no ser así ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de la enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad laboral, desempleo, Invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con  hijos” (OIT, 2000: 8)
Por lo que queda claro que la Seguridad Social integra al  seguro social, la asistencia social, las prestaciones que se financian con los ingresos generales del Estado, las asignaciones familiares y las cajas de previsión
Principios Fundamentales de la Seguridad Social
La Seguridad Social Integral se basa en los siguientes principios:
1.    Universalidad: Es la garantía de protección para todas las personas amparadas por esta Ley, sin ninguna discriminación y en todas las etapas de la vida;
2.    Solidaridad: Es la garantía de protección a los menos favorecidos en base a la participación de todos los contribuyentes al sistema;
3.    Integralidad: Es la garantía de cobertura de todas las necesidades de previsión amparadas dentro del Sistema.
4.    Unidad: Es la articulación de políticas, instituciones, procedimientos y prestaciones, a fin de alcanzar su objetivo.
5.    Participación: Es el fortalecimiento del rol protagónico de todos los actores sociales, públicos y privados, involucrados en el Sistema de Seguridad Social Integral;
6.    Autofinanciamiento: Es el funcionamiento del sistema en equilibrio financiero y actuarialmente sostenible; y
7.    Eficiencia: Es la mejor utilización de los recursos disponibles, para que los beneficios que esta Ley asegura sean prestados en forma oportuna, adecuada y suficiente.
Aspectos Legales.
Los instrumentos normativos legales se organizan según la pirámide de Kelsem, fue un jurista austriaco que hacia principios del siglo XX propuso una estructura jerárquica para los diferentes tipos de normas jurídicas.
Para Venezuela, la Piramide de Kelsem  tiene su vértice superior en la Constitución de la República y los tratados internacionales que adquieren rango constitucional en virtud de los artículos 23 y 153 de la Carta magna, los cuales son de aplicación preferente en todo el territorio nacional. En orden jerárquico descendente están las Leyes Orgánicas, destinadas a organizar las funciones del Poder Ejecutivo. Las Leyes Orgánicas solo se pueden aprobar por las tres cuartas partes de la Asamblea Nacional. Luego vienen la Leyes Ordinarias, que se aprueban por mayoría simple de la asamblea nacional, en cuyo grupo se encuentran los Códigos (Civil, de Comercio, etc), y las leyes especiales, estas últimas llamadas así por su particular especifidad. Si seguimos descendiendo, encontramos los Reglamentos de Ley que se promulgan por decretos presidenciales y más abajo las Resoluciones Ministeriales, dentro de las cuales pueden estar los Reglamentos Técnicos, que son aquellas normas técnicas de obligatorio cumplimiento, pues tiene que ver con la vida, la salud, la seguridad, el medio ambiente y/o previenen de prácticas erróneas o ilegales. Finalmente, en la base de la Piramide de Kelsem, se encuentran las Prescripciones, Ordenanzas, Memoranda, etc, que son de carácter muy específico y local. De esta manera y de acuerdo a Kelsem, recorremos brevemente el panorama legal venezolano más notable, en materia de seguridad e higiene en el trabajo.
La formación y capacitación en Seguridad y Salud en el trabajo, está concebida para contribuir no solo al mejoramiento de las condiciones de trabajo, sino a administrar eficientemente los recursos y las operaciones, con el propósito de disminuir los costos, y a su vez cumplir con el código de ética de cualquier persona que tiene a su cargo trabajadores de planta o cualquier área.

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