LA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN VENEZUELA

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LA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN VENEZUELA

miércoles, 8 de junio de 2011

ENSAYO GRUPAL


   RESOLUCIÓN 030
 “AMBIENTE LIBRE DE HUMO DE TABACO”


                                                                                        INTEGRANTES:                                     Arlenis Narea
              Olimar Zambrano

La presente Resolución tiene como objeto principal proteger la Salud de la población de las consecuencias dañinas que genera el humo del tabaco. Como bien sabemos la salud es un derecho constitucionalmente protegido y por lo cual corresponde al estado garantizarlo, es por ello que primeramente se debe educar y concientizar a la población de la importancia de no contaminar el ambiente que nos rodea  y además de tratar que la población fumadora reconozca la importancia que el tabaco tiene como elemento nocivo para la salud, no solo para los fumadores sino para los  pulmones de los fumadores pasivos.
Es importante hacer referencia, que desde el año 2005 fue creado un convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el control del Tabaco (CMCT) aprobado como Ley Nacional, con el fin de orientar, encaminar y controlar el uso del tabaco como a su vez intentar reducir el consumo del mismo, en la actualidad dicha resolución se encuentra  vigente en países como: Colombia, Perú, Guatemala, México, China, España, Nueva Zelanda, Alemania; Francia, Italia entre otros tantos de la comunidad europea.
Así mismo, en nuestro país el Ministerio Popular para la Salud tomando en cuenta el alto índice de incidencia de enfermedades respiratoria (cáncer de pulmón), considerado como el más frecuente y la principal causa de mortalidad en el mundo y en cumplimiento la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordena la adopción y  aplicación de la Resolución 030, la cual establece controlar el uso del cigarro en Públicos y Privados, como también la colocación de un anuncio visible que demuestre sobre la nueva medida a ser canalizada y ejecutada “100% Libres de Humo de Tabaco”. La cual estará vigente a partir del 31 de mayo del año en curso.
Por otro lado, también se determinó que los establecimientos que no cumplan con la disposición deberán acatar sanciones que están establecidas en la Ley Orgánica de Salud en los Artículos N° 65,66 y  67, en los que se establece que el pago de multas van desde doce (12) a dos mil quinientas  (2500) unidades tributarias  tomando en cuenta el valor actual para el año  2011, que corresponde a Bolívares setenta y seis con cero céntimos (Bs.76,00),  que multiplicado por el valor de la moneda actual va desde Bolívares novecientos (Bs.900,00) hasta bolívares ciento noventa mil (Bs.190.000) o el cierre temporal del establecimientos. Dicha  multa puede ser duplicada en caso de reincidencia.
Asimismo, el Ministerio estará atento, a través del Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria, a las denuncias de los trabajadores y trabajadoras afectados, que pudieran realizar de no cumplirse con lo establecido. Así como también miembros de INPSASEL (Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales) de cada una de las Instituciones deben ser los primeros vigilantes del cumplimiento de la Resolución 030, dentro y fuera de las adyacencias de la Institución
Sin embargo, después de habernos leído minuciosamente lo que contemplan dichos artículos, existe una discrepancia, ya que  las medidas hacer canalizadas involucra directamente a los dueños o encargados de los  establecimientos y no los ciudadanos que incumpla con dicha ley, considerando que la resolución se crea con la finalidad de que todo los ciudadanos nos involucremos  en garantizar la salud integral del colectivo, de concientizar lo que es el deber ser y enfocarnos en cumplir los lineamientos de la ley, por ende todo aquel que esté involucrado en la falta debería asumir la responsabilidad de la misma.
Así se lograría, que todos los ciudadanos puedan apreciar y visualizar La Resolución no punitiva, sino que se pueda internalizar y reconocer que existe una necesidad de atender el tema de la salud, desde una perspectiva de integridad y con respeto hacia la vida humana. Que cada uno de nosotros seamos voceros de extender la importancia de vivir en un ambiente 100% libre de humo, que la participación este focalizada en lograr disminuir la adicción en los seres humanos sin distinciones y que logre promover estilos de vida saludables donde los resultados obtenidos  sean para el beneficio global y a su vez participativo encaminados al bien común de la población.

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